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Recibí una Demanda de Alimentos ¿Qué debo hacer?

Recibí una Demanda de Alimentos
¿Qué debo hacer?

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    (*) Campos Obligatorios

    Oficinas de Atención en:

    Nos presentamos en juicios de:

    ¿Qué hacer si recibo una notificación DE DEMANDA POR ALIMENTOS?

    Debés comunicarte con un abogado/a. Más allá de recibir la información necesaria sobre el tema, será quien te represente en las audiencias (no podés Presentarte solo, o por tu cuenta).

    CONTESTACIÓN DE DEMANDA POR ALIMENTOS

    • No pierdas tiempo

      Si sos demandado por Alimentos, es muy importante que no pierdas el plazo para ejercer el derecho a contestar demanda ya que si lo perdés no vas a poder hacerlo en el futuro.

    • Link de notificación

      Si la notificación te llegó por carta documento o Whatsapp deberías tener un “link” con el que vas a poder ver la demanda y la documentación presentada por el abogado de la otra parte.

    Notificaciones ¿Cómo llegan?

    Muchas cosas cambiaron a partir del aislamiento ordenado por el ASPO(*) en el país, sobre todo en el Poder Judicial. Con respecto a las demandas de alimentos tenés que saber que pueden notificarte por Carta documento y hasta incluso por email o por Whatsapp.

    El ¿Por qué? de esta forma

    Esto es así porque las oficinas de notificaciones del Poder Judicial (que son las que se encargan de enviar las notificaciones en papel mediante un documento que se llama “Cédula”) están cerradas o sólo atendiendo cosas “urgentes”, y es por esto que muchos jueces están fijando otros medios de notificación y teniéndolos como válidos.

    Whatsapp: también es posible

    Entonces, si recibiste una notificación por WHATSAPP, EMAIL o CARTA DOCUMENTO puede que esta sea TOTALMENTE VÁLIDA y que hayan comenzado a CORRER LOS PLAZOS para que contestes la demanda o te presentes a la audiencia.

    ¿QUE PUEDE INCLUIR LA CUOTA ALIMENTARIA?

    Dinero en efectivo, transferencias o aportes en especie

    Es posible que, aunque VOS YA ESTÉS PAGANDO la Cuota Alimentaria en favor de tu hijo o hijos, igualmente te inicien la Demanda de Alimentos. Para conversar o negociar una cuota justa, es muy importante que cuentes con:

    • Recibos de pago o comprobantes de las transferencias bancarias que hayas realizado
    • Tickets que acrediten gastos (Consultános la forma correcta en que deben emitirse para ser válidos)

    Edad de los hijos
    LO QUE TENÉS QUE SABER SOBRE LA OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS

    1

    El derecho a percibir alimentos es hasta los 21 años de edad.

    2

    Puede extenderse hasta los 25 años si la persona estudia una carrera universitaria que no le permita trabajar.

    3

    Quien pide la cuota alimentaria es, generalmente, el progenitor conviviente o el mismo beneficiario si tiene más de 18 años.

    4

    En caso de que trabajes sin registración “en negro” pueden iniciar la cuota alimentaria también contra tus padres (abuelos paternos de los menores porque ellos tienen obligación subsidiaria de alimentos).

    Qué puede pasar:
    EMBARGO O RETENCIÓN DIRECTA DEL SUELDO

    Muchos de nuestros clientes nos consultan porque, además de recibir una notificación de las que mencionamos, reciben casi al mismo tiempo un “oficio” en el trabajo de “retención directa de haberes” es decir que un juez ordena a su empleador que le descuenten una parte de su sueldo y que la depositen a favor de la persona que inició el juicio de alimentos.

    Esta orden de “retención directa” (que es muy similar a un embargo, aunque no lo es) llega muchas veces incluso primero que la notificación de la existencia del juicio. Y esto es así porque los jueces suelen fijar algo que se conoce como “alimentos provisorios”, que es una cuota justamente provisoria, que se fija para que los beneficiarios de la cuota alimentaria puedan percibir algo mientras dure el juicio.
    Generalmente cuando el juicio de alimentos es en favor de un solo hijo esta cuota provisoria es de un 15%, cuando son dos hijos es de un 20%, etc. esos son los parámetros generales aproximados. Hay que tener en cuenta que esta cuota es “provisoria” aún resta fijarse la definitiva.

    Audiencias

    ¿Cómo se realizan?

    Si te están demandando por Alimentos y te llegaron este tipo de notificaciones NO PIERDAS TIEMPO, ponete en contacto con un abogado que te represente, nosotros podemos ayudarte.

    SEPA DEFENDERSE

    Estudio Jurídico de Quilmes

    Podemos ayudarte por casos de:

    CABA – Quilmes – Bernal - Don Bosco - Avellaneda – Lanús – Lomas de Zamora – Florencio Varela – Berazategui – Solano
    GBA Sur | Gran Buenos Aires Zona Sur, en general

    Demanda de Alimentos : Contestación de demanda por alimentos / cuota alimentaria por hijos ¿Te demandaron por alimentos?
    ¿Sabés hasta que edad se paga la cuota alimentaria? ¿Tenés dudas sobre cuanto corresponde de cuota alimentaria?
    ¿No de tejan ver a tus hijos?¿Sabés que ocurre si no pagás la cuota alimentaria?

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