Recibí una Demanda de Alimentos
¿Qué debo hacer?
Recibí una Demanda de Alimentos
¿Qué debo hacer?
Notificaciones
Muchas cosas cambiaron a partir del aislamiento ordenado por el ASPO(*) en el país, sobre todo en el Poder Judicial. Con respecto a las demandas de alimentos tenés que saber que pueden notificarte por Carta documento y hasta incluso por email o por Whatsapp.
Por qué
Esto es así porque las oficinas de notificaciones del Poder Judicial (que son las que se encargan de enviar las notificaciones en papel mediante un documento que se llama “Cédula”) están cerradas o sólo atendiendo cosas “urgentes”, y es por esto que muchos jueces están fijando otros medios de notificación y teniéndolos como válidos.
Entonces, si recibiste una notificación por WHATSAPP, EMAIL o CARTA DOCUMENTO puede que esta sea TOTALMENTE VÁLIDA y que hayan comenzado a CORRER LOS PLAZOS para que contestes la demanda o te presentes a la audiencia.

Audiencias
- Se están realizando por “video llamada” por la aplicación Microsoft Teams e incluso por Whatsapp.
- Se llevan a cabo con un miembro del juzgado el “CONSEJERO DE FAMILIA”.
- El fin de la audiencia es conciliatorio (intentar que las partes se pongan de acuerdo en el porcentaje de alimentos).
- Para que la audiencia pueda llevarse a cabo tenés que contar si o si con un abogado que te represente.
CONTESTACIÓN DE DEMANDA POR ALIMENTOS
CONTESTACIÓN DE DEMANDA POR ALIMENTOS
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No pierdas tiempo
Si sos demandado por Alimentos, es muy importante que no pierdas el plazo para ejercer el derecho a contestar demanda ya que si lo perdés no vas a poder hacerlo en el futuro.
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Link de notificación
Si la notificación te llegó por carta documento o Whatsapp deberías tener un “link” con el que vas a poder ver la demanda y la documentación presentada por el abogado de la otra parte.
Si te están demandando por Alimentos y te llegaron este tipo de notificaciones NO PIERDAS TIEMPO, ponete en contacto con un abogado que te represente, nosotros podemos ayudarte.
Oficinas de Atención en:
- Ciudad de Buenos Aires
- Quilmes
Nos presentamos en juicios de:
- CABA
- Quilmes
- Bernal
- Berazategui
- Don Bosco
- Florencio Varela
- Avellaneda
- Almirante Brown
- Lanús
- Lomas de Zamora
- GBA Zona Sur en general
Escribinos:
EMBARGO O RETENCIÓN DIRECTA DEL SUELDO
Muchos de nuestros clientes nos consultan porque, además de recibir una notificación de las que mencionamos, reciben casi al mismo tiempo un “oficio” en el trabajo de “retención directa de haberes” es decir que un juez ordena a su empleador que le descuenten una parte de su sueldo y que la depositen a favor de la persona que inició el juicio de alimentos.
LO QUE TENÉS QUE SABER SOBRE LA OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS
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PERSONAS QUE YA ESTABAN PAGANDO LA CUOTA ALIMENTARIA O QUE HACIAN APORTES EN ESPECIE:
En el caso de que vos ya hayas estado abonando la cuota alimentaria en favor de tu hijo o hijos y que igualmente te hayan iniciado la demanda de alimentos, es muy importante que cuentes con: recibos de pago o comprobantes de las transferencias bancarias que hayas realizado.
En muchos casos los niños pasan prácticamente la misma cantidad de tiempo con cada padre, es importante que juntes la mayor cantidad posible de Tickets que acrediten gastos:
- supermercado, tiendas de ropa, farmacia, librería, perfumería, viáticos (Sube),
- factura del colegio/ jardín / guardería,
- factura de actividades extracurriculares o hobbies que realice el menor,
- factura o tarjetas cargadas en el celular del menor y todo otro comprobante de gasto que tuviera.
SEPA DEFENDERSE
Podemos ayudarte por casos de:
CABA – Quilmes – Bernal - Don Bosco - Avellaneda – Lanús – Lomas de Zamora – Florencio Varela – Berazategui – Solano
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