Accidentes en VMP: Vehículos de Movilidad Personal
🛴Monopatines y patinetas eléctricas, scooters eléctricos, hoverboard, segway y otros
Si sufriste un accidente de tránsito andando en monopatín eléctrico o algún Vehículos de Movilidad Personal (VMP) podemos ayudarte a reclamar a la aseguradora.
📞 ¡Comunicate a la brevedad!
¿QUÉ HACER?
Buscar atención médica inmediatamente después del accidente
Datos datos de la patente del vehículo involucrado, el modelo, conductor y compañía de seguros del vehículo
Fotos del vehículo y conductor
Datos de los testigos que hayan presenciado el hecho
El plazo es de 2 años para realizar el reclamo
No firmar acuerdos.
¿LO SABÍAS?
La Ley Nacional de Tránsito Nº 26.363 contempla monopatines y patinetas eléctricas, scooters eléctricos, hoverboard, segway y otros “Vehículos de Movilidad Personal” (VMP)
No pueden circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas y semiautopistas cualquiera sea su jurisdicción
Es obligatorio usar casco
La velocidad máxima es 30 km/h
Deben poseer un sistema de freno que permita una detención total del mismo, iluminación delantera y trasera
Está prohibido el uso para menores de 16 años
Sólo podrá circular una persona, sin acompañante o mascotas
Pueden aplicarse sanciones y faltas establecidas en las Leyes nacionales
No podrán circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas y semiautopistas cualquiera sea su jurisdicción.
– Siempre hay que chequear la normativa local porque tanto la provincia como los municipios podrían tener particularidades.