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Especialistas en Sucesiones

ESPECIALISTAS EN SUCESIONES

Documentación
Necesaria

  • ¿Cuánto tarda un juicio sucesorio en Argentina?

La demora siempre dependerá de varios factores: por ejemplo las sucesiones en CABA demoran bastante menos que las sucesiones en los juzgados de la provincia de buenos aires. La declaratoria de herederos, generalmente se obtiene entre los 3 y 5 meses de iniciado.

  • ¿Quién puede iniciar la sucesión?

Cualquier heredero y/o interesado podrá iniciar la sucesión en el momento que considere oportuno. Iniciada la sucesión se deberá notificar al resto de los herederos y publicar edictos para informar a posibles interesados en la sucesión.

  • ¿Quiénes son los herederos forzosos?

Son aquellos que a través de la ley tienen asegurada una porción de la herencia. Esta porción obligatoria recibe el nombre de legítima. Los descendientes: hijos, nietos, biznietos. La existencia de descendientes excluye a los ascendientes. Los ascendientes: padre, madre, abuelos. La existencia de ascendientes excluye a los demás herederos colaterales (tíos, primos) y el/la cónyuge supérstite.

  • ¿Dónde debe tramitarse la sucesión?

Será competente el juez del último domicilio del causante. Se tomará en principio el domicilio que surja de la partida de defunción. Siendo así, el último domicilio del causante será el que nos determine el departamento judicial ante el cual deberá tramitarse el juicio sucesorio.

  • ¿Cómo puede cederme otro de los herederos su “parte” de la sucesión? (Cesión de derechos hereditarios)

A través de una “cesión de derechos hereditarios”. En una sucesión, la persona que hereda, puede transmitir el contenido patrimonial de su cuota hereditaria. Esta cesión debe hacerse por escritura pública. La cesión puede hacerse hasta la partición de los bienes. La escritura debe ser agregada al expediente sucesorio ya que es el medio más idóneo para la publicidad del acto.

  • ¿Qué se hace cuando un bien de la sucesión quiere venderse? (tracto abreviado)

Cuando todas las personas que heredan, están de acuerdo en vender uno o todos los inmuebles que integren el sucesorio, se puede transferir por tracto abreviado. Se realiza la denuncia de Tracto abreviado en el expediente y de esa manera quedan inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble simultáneamente la transmisión del causante a quienes heredan, y de estos al comprador.

  • ¿Un sólo heredero podrá iniciar la sucesión aunque el resto no quiera?

La ley le da la posibilidad de iniciar la sucesión a cualquiera de los familiares o personas que hereden, aunque el resto no esté de acuerdo. Pero tendrá que avisar a los demás a través de cedulas de notificación, tarea efectuada por el abogado patrocinante.

  • ¿Necesito un Abogado para hacer la Sucesión?

Sí. La Ley es taxativa. Ningún otro profesional y/o funcionario puede llevar adelante una sucesión.

Honorarios profesionales de los Abogados:

Un tema de gran preocupación entre quienes nos consultan a la hora de realizar una sucesión es el tema de los honorarios. En los juicios sucesorios siempre recomendamos que nuestros clientes lleven adelante un Convenio de Honorarios con nosotros por anticipado, a los efectos de evitar una regulación judicial que exceda las posibilidades de pago.

A pesar de ello, hay gastos fijos e impositivos que no pueden evitarse (dependen de si la sucesión es en CABA o en pcia. De Buenos aires), estos son: Bono, Ius Previsional, Tasa de Justicia, Sobre Tasa de Justicia, Certificados de dominio e inhibición, Certificados de libre deuda, Edictos (Sucesiones ab intestato), Estado Parcelario, Gastos de inscripción en los Registros, Impuesto sobre los Ingresos Brutos, entre otros.

Todos estos gastos son detallados en el estudio al momento de la consulta.

1 comentario en “Especialistas en Sucesiones”

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