Sepa Defenderse

ACREDITAR LA CONVIVENCIA PREVISIONAL cuando fallece un miembro de la pareja (trabajador/a, jubilado/a) para solicitar y acceder al BENEFICIO DE LA PENSIÓN.

⚖️ CONVIVENCIA PREVISIONAL
¿Qué es y para qué se necesita?

🧑 👩 Se debe ACREDITAR LA CONVIVENCIA PREVISIONAL cuando fallece un miembro de la pareja (trabajador/a, jubilado/a) para solicitar y acceder al BENEFICIO DE LA PENSIÓN.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN TENÉS QUE PRESENTAR?

 

La Norma ACTI-01-42 (Conviviente Previsional Alta en ADP) emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social – ANSES, establece los requisitos la documentación que debe aportar el interesado para acreditar la relación a los fines previsionales.

El solicitante tiene la responsabilidad y obligación de aportar toda la documentación para acreditar la relación de conviviente previsional.

📝DOCUMENTACIÓN:

Opción 1 – PRESENTAR UNA de las siguientes pruebas:
🔹Instrumento público donde conste la declaración de la relación de la convivencia o concubinato
🔹Información sumaria judicial tramitada por la/el conviviente-derechohabiente con dos testigos con la participación de ANSES y demás terceros interesados cuya existencia se conociere.
🔹Partida de matrimonio de argentino/s celebrado en el extranjero entre el período comprendido entre el 01/03/1956 y el 21/06/1987, existiendo una relación matrimonial vigente.
🔹Unión Civil.

Opción 2 – Presentar AL MENOS TRES PRUEBAS de las siguientes seis:
🔸Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos sin la participación del causante.
🔸Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como titular de la prestación la/el conviviente.
🔸DNI de ambos, donde surja que poseen el mismo domicilio. En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá DNI de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de ANSES.
🔸Orden de pago previsional o comprobante de pago previsional donde el/la conviviente figure como apoderado para percibir o, para tramitar y percibir.
🔸Partida de nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes.

⚠️ Una de las siguientes pruebas, SIEMPRE QUE DE ELLAS SE PUEDA ACREDITAR IGUAL DOMICILIO O CONVIVENCIA:
➡️ Póliza de seguro, donde surja como titular de la prestación la/el concubina/o
➡️ Contrato de locación familiar, debidamente sellado o timbrado
➡️ Documentos de tarjeta de crédito, cuenta corriente o caja de ahorros, servicios públicos (mismo domicilio o co-titulares)

 

📞 ¡Llamanos y solicita tu turno para asesorate!

📲 +54911 3447-7201

En @sepadefenderse estamos para ayudarte.