📝GASTOS EXTRAORDINARIOS y Cuota Alimentaria ¿Qué son?
La Cuota de Alimentos debería incluir todos los gatos habituales y normales que se tienen con los hijos. Sin embargo, hay gastos que son eventuales, los «gastos extraordinarios”.
Estos gastos no son constantes y por lo lógica, cuando aparecen la cuota de alimentos no es suficiente para cubrirlos.
📚 Algunos de estos gastos son:
la MATRÍCULA ESCOLAR, UNIFORME, ÚTILES ESCOLARES, gastos de inicio de clases, viajes de estudios, viajes de egresados, cumpleaños de los menores, entre otros.
Generalmente se acuerda que estos gastos sean cubiertos en un 50% por cada progenitor, aunque puede haber cualquier tipo de acuerdo al respecto.
Si se acuerda el pago a medias, quien los abonó le debe exhibir a otro el comprobante de pago para pedir el reintegro de la mitad del valor (de forma adicional a la cuota de alimentos habitual).
Si están acordados judicialmente y la otra parte no los abona se denuncia el incumplimiento en el expediente y puede conseguirse un embargo.
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