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¿QUÉ PASA CON EL HOGAR EN EL QUE VIVO SI FALLECE MI CÓNYUGE O CONVIVIENTE?

🏠¿QUÉ PASA CON EL HOGAR EN EL QUE VIVO SI FALLECE MI CÓNYUGE O CONVIVIENTE?

Seguimos aclarando mitos sobre la diferencia entre estar casados o convivir.

Hoy te contamos acerca de quién puede vivir en la casa cuando una de las personas de la pareja muere. ¿Estás en esta situación? ¡Leemos tus comentarios!

🔸Tanto el cónyuge como el conviviente tienen derecho a continuar en la vivienda que fue sede del hogar conyugal, hay requisitos y estos son diferentes en cada caso.
Hablamos de convivientes en el marco de la Unión Convivencial (art. 509 del CCCN)

¡Podés ver esta información en nuestro POST anterior!

Qué debés tener en cuenta:

🔸El bien inmueble, debe haber sido:
✅Propiedad exclusiva del cónyuge/conviviente fallecido al momento de su muerte, bien propio o ganancial (NO en condominio con otras personas: padres, hermanos, amigos) y no importa si existen otras propiedades.
✅Último hogar conyugal (ambos cónyuges/convivientes hayan convivido allí hasta el deceso de uno de ellos)

🔸¿Cuánto tiempo dura este derecho?
Cónyuge: es vitalicio (para toda la vida)
Conviviente: un máximo de 2 años

🔸Gozar de este derecho ¿es automático?
Cónyuge: SI. Pero se recomienda iniciar el proceso sucesorio
Conviviente: NO ES AUTOMÁTICO. Debe ser solicitado a un JUEZ

🔸Si el sobreviviente se vuelve a casar ¿pierde el derecho?
Cónyuge: NO. Ya que la ley no lo prohíbe
Conviviente: SI. Cuando antes de los dos años volvés a formar una unión convivencial o casarte, o podés comprar tu propia vivienda

🔸El sobreviviente ¿tiene que pagar alquiler a los herederos por ejercer este derecho?
NO. No hay obligación de pagar ningún tipo de alquiler o canon

🔸Si existen deudas y los acreedores quieren ejecutar el inmueble, el sobreviente ¿puede evitarlo?
NO. El bien será ejecutado con motivo de las deudas contraídas por el fallecido.
En el caso del conviviente este debe carecer de vivienda propia habitable o bienes suficientes que aseguren el acceso a la vivienda para poder valerse de este derecho.

¡NO TE QUEDES CON DUDAS! 

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